En Clínica Colsanitas creemos que la salud se construye de manera conjunta, con la voz y el compromiso de cada paciente y su familia. Por eso, en cumplimiento de la Resolución 2063 de junio de 2017 del Ministerio de Salud y Protección Social, hemos adoptado la Política de Participación en Salud (PPSS), que reconoce la participación como un derecho fundamental para fortalecer el bienestar y tomar decisiones más informadas.
Este espacio ha sido creado para fomentar la participación activa de todos, ofreciendo herramientas y canales que les permitan incidir en las decisiones relacionadas con su salud y la de su comunidad.
¿Qué es la participación social en salud?
Es un proceso de intervención activa, responsable, coherente y propositivo que realiza el individuo de manera particular o colectiva en la toma de decisiones que afecten su vida y/o la de la comunidad.
¿Qué busca la Política de Participación social en Salud?
Dar respuesta a problemáticas, necesidades, dificultades, oportunidades, limitaciones y debilidades que afectan la participación social en salud, en la perspectiva de dar cumplimiento al marco legal vigente y por ende a la realización del derecho humano de la participación vinculado al derecho a la salud (Art 12 Ley 1751 de 2015).
Su objetivo es definir y desarrollar las directrices que le permitan al Estado garantizar el derecho a la Participación Social en Salud y su fortalecimiento y a la ciudadanía la apropiación de mecanismos y condiciones para ejercer la Participación Social en Salud.
¿Cuáles son las responsabilidades de la institución prestadora de salud respecto a la PPSS?
- Socialización de la Política de Participación Social.
- Apoyo y acompañamiento a todas las instancias y espacios de participación.
- Mecanismos y espacios de participación.
- Garantía de la transparencia de los procesos participativos.
- Garantía de derechos y oportunidades para todos los usuarios- ciudadanía.
- Reconocimiento del derecho a la autonomía de las organizaciones sociales.
- Operación de las estrategias de gestión, comunicación y educación para el cumplimiento del marco estratégico y las líneas de acción de acuerdo a su competencia.
- Gestionar recursos para los procesos de participación.
¿Cuáles son los ejes estratégicos de la PPSS?
- Fortalecimiento institucional.
- Empoderamiento de la ciudadanía y las organizaciones sociales en salud.
- Impulsar la cultura de la salud.
- Control social.
- Gestión y garantía en salud con participación en el proceso de decisión.
En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1757 de 1994, las instituciones prestadoras de servicios de salud deben convocar a sus usuarios para conformar una Asociación o Alianza de Usuarios.
Por esta razón, queremos invitar a todos nuestros pacientes a hacer parte de la Asociación de Usuarios de las sedes de la IPS Clínica Colsanitas, un espacio abierto para la participación comunitaria, la construcción conjunta y el fortalecimiento de la relación entre pacientes e institución.
La Asociación cuenta con reconocimiento legal bajo la razón social ASOCIACIÓN DE USUARIOS SANITAS,
- NIT: 900258531-2
- Registro: S0033454 del 26 de diciembre de 2008 ante la Cámara de Comercio
- Última renovación: 21 de abril de 2023
Junta Directiva
- Señora Gloria Elena Quiceno Acevedo-Presidenta
- Señora María Esther Ochoa-secretaria
- Señor Hugo Francisco Pinzón Parra-Tesorero
- Señor Gustavo Camelo López-Principal Junta Directiva
- Señor Luis Alfonso Escobar-Principal Junta Directiva
- Señora Doris Ramírez Salas-Suplente
- Señora Nancy Adriana Tabares-Suplente
- Señora Giovanna de Silvestri Torres-Suplente
- Señora Vicentica Álvarez Rojas-Suplente
- Señora Miryam Guzmán Martínez-Suplente
¿Cómo se constituyo?
Basados en el Decreto 1757 de 1994, la asociación de usuarios está constituida por un número plural de pacientes, de los convocados a la Asamblea de Constitución por la institución. La convocatoria se realiza a todos los pacientes que hayan hecho uso de los servicios de las sedes, mediante un anuncio de la institución. La asociación será de carácter abierto para garantizar el ingreso permanente de nuevos pacientes.
¿Cómo funciona la Asociación de Usuarios Sanitas?
La asociación funciona como un órgano de gobierno: en una asamblea general, junta directiva, de acuerdo con los estatutos de la asociación y cumpliendo con el reglamento de la misma.
¿Cómo aplicar a la Asociación de usuarios sanitas?
Las sedes de IPS Clínica Colsanitas, te orienta para vincularse a la asociación, es importante ingresar y diligenciar en la página web: Click aquí
El Comité de Ética Hospitalaria de nuestras clínicas, dan cumplimiento al Decreto 780 de 2016 en su Art 2.10.1.1.14 como organismo interdisciplinario creado en acatamiento a las disposiciones correspondientes, que buscan educar a la comunidad acerca de los derechos de los pacientes, velar por el cumplimiento de los mismos y abordar los dilemas de carácter ético. El ámbito de acción del comité incluye el análisis de situaciones específicas objeto del dilema y, en ningún caso, sustituye a los comités técnicos, científicos o institucionales.
Tendrán las siguientes funciones:
- Promover programas de promoción y prevención en el cuidado de la salud individual, familiar, ambiental y los dirigidos a construir una cultura del servidor público.
- Divulgar entre los funcionarios y los pacientes de los servicios los derechos y deberes en salud.
- Velar porque se cumplan los derechos y deberes en forma ágil y oportuna.
- Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento.
- Atender y canalizar las veedurías sobre calidad y oportunidad en la prestación de servicios de salud.
- Atender y canalizar las inquietudes y demandas sobre prestación de servicios de la respectiva institución, por violación de los derechos y deberes ciudadanos en salud.
- Reunirse como mínimo una vez al mes y extraordinariamente cuando las circunstancias así lo requieran, para lo cual deberán ser convocados por dos de sus miembros.
- Llevar un acta de cada reunión y remitirlas trimestralmente a la Dirección Municipal y Departamental de Salud.
- Elegir un representante ante los Comités de Ética Profesional del Sector Salud, de que habla el artículo 3 de la Ley 60, y enviar para su estudio los casos que considere pertinente.